La administración de condominios y edificios en Chile cambió de forma importante con la entrada en vigencia de la Ley 21.442 de Copropiedad Inmobiliaria, publicada el 13 de abril de 2022. Esta ley reemplazó por completo a la antigua Ley 19.537, que regulaba la copropiedad desde 1997, y estableció un marco más detallado para la administración, las asambleas y la fiscalización de los condominios.
Qué trajo de nuevo la Ley 21.442
Entre los cambios más relevantes para comités de administración y administradores se encuentran:
- Reglas más precisas sobre la convocatoria, quórum y funcionamiento de las asambleas de copropietarios.
- Mayor detalle sobre la administración financiera del condominio, incluyendo presupuesto, fondo de reserva y rendición de cuentas.
- Obligaciones específicas sobre el registro de copropietarios y otros ocupantes del condominio.
- Reglas sobre el cuidado de los bienes comunes y la responsabilidad frente a su mal uso.
- La creación de un Registro Nacional de Administradores de Condominios, dependiente del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU).
El reglamento que hizo operativa la ley
La Ley 21.442 necesitaba un reglamento que precisara cómo aplicar varias de sus disposiciones en la práctica. Ese reglamento se aprobó mediante el Decreto Supremo N°7 del MINVU y se publicó el 9 de enero de 2025. El reglamento desarrolla, entre otros aspectos, la participación en asambleas, la administración financiera, el registro de copropietarios y el cuidado de los bienes comunes.
Una ley que sigue ajustándose
La Ley 21.442 ha tenido modificaciones posteriores a su publicación original, la más reciente a través de la Ley 21.807, en febrero de 2026. Esto confirma que la normativa de copropiedad sigue en desarrollo y que mantenerse al día requiere revisar periódicamente los cambios legales, algo que en GlobalServ hacemos como parte de nuestro servicio de asesoría a comités de administración.
Qué debería revisar tu comunidad
- Si el reglamento de copropiedad de tu condominio ya fue adecuado a la Ley 21.442 y su reglamento.
- Si la persona o empresa que administra el condominio está inscrita en el Registro Nacional de Administradores.
- Si las asambleas se están citando y registrando conforme a los nuevos requisitos de quórum y actas.
- Si la rendición de cuentas y el fondo de reserva se ajustan a lo que exige la administración financiera regulada por el reglamento.
Cómo te ayuda GlobalServ
En GlobalServ administramos condominios y edificios cumpliendo la Ley 21.442 y su reglamento, y asesoramos a comités de administración que necesitan poner al día su reglamento de copropiedad o su forma de operar. Si quieres revisar la situación de tu comunidad, puedes contactarnos o conocer más sobre nuestro servicio de Control de Gestión de Comunidades.